Más de mil feminicidios en 12 años: dolor, huérfanos y justicia tardía

En 12 años, más de 1.000 mujeres murieron en Bolivia, dejando hogares sumidos en el dolor y familias, especialmente hijos, enfrentando el desamparo, mientras la respuesta del Estado, aunque avanza, sigue siendo insuficiente.

Desde 2013, Bolivia tipifica como feminicidio el asesinato de mujeres por su condición de género, reconociendo una violencia que antes se registraba como homicidio común, lo que impedía visibilizar la dimensión específica de estos crímenes.

LA RADIOGRAFÍA ESTADÍSTICA Para visibilizar la persistente violencia contra las mujeres, el Observatorio de Género de la Coordinadora de la Mujer publicó en noviembre un boletín titulado “25N: Violencias que persisten; derechos que urgen”, recopilando información de la Policía y la Fiscalía sobre los feminicidios desde 2013. Según el informe, ese año se registraron 26 casos a nivel nacional; en 2014, 77; en 2015, 110; en 2016, 111; en 2017, 109; en 2018, 130; en 2019, 117; en 2020, 113; en 2021, 108; en 2022, 95; en 2023, 81; y en 2024, 84. Para 2025, el boletín consideró hasta el 6 de noviembre 68 casos, pero actualizando hasta el 28 de noviembre, la cifra asciende a 72. En total, 1.233 mujeres fueron víctimas de feminicidio en Bolivia desde la entrada en vigor de la Ley 348.

AGRESOR CERCANO Y CONSCIENTE Rosario López, responsable de comunicación de la Coordinadora de la Mujer, presentó durante el foro “Voces y Derechos: ciberacoso y violencia contra las mujeres en Bolivia”, organizado por la Fundación Para el Periodismo y otras instituciones, los datos del boletín. Explicó que el 64.2% de los feminicidios fueron cometidos por la pareja íntima de la víctima, el 27.16% por un extraño y el 8.64% por un conocido, lo que demuestra que estos crímenes ocurren principalmente en ámbitos de cercanía y confianza.

Estos crímenes desafían estereotipos frecuentes. Los datos indican que la mayoría de los autores cometieron los feminicidios sobrios, demostrando la intención y la gravedad de la violencia de género, y que en la mayoría de los casos se trata de parejas o exparejas.

Añadió que los datos también muestran que el feminicidio no es un delito impulsado principalmente por el alcohol. Casi la mitad de los agresores, el 48.15%, actuó en estado de sobriedad; el 25.93% estaba ebrio, en el 19.75% no se determinó el consumo y el 6.17% tenía hábito alcohólico.

LA JUSTICIA QUE NO LLEGA En cuanto a la respuesta del sistema judicial, el boletín detalla que entre 2013 y 2024 apenas el 42.81% de los feminicidios logró sentencia, lo que significa que la mayoría de los casos permanece pendiente, prolongando el desgaste y la incertidumbre para los familiares de las víctimas durante años.

Cuadro del informe “25N- Violencias que persisten; derechos que urge”. / COORDINADORA DE LA MUJER

LAS VÍCTIMAS SECUNDARIAS Los feminicidios no solo arrebatan la vida de las mujeres, sino que también dejan dolor y desamparo en sus familias. Entre las víctimas indirectas están los hijos, niños y adolescentes que quedan en orfandad materna, una situación que desestructura a sus hogares, altera la vida cotidiana y obliga a que otras personas – con frecuencia abuelas o tías – asuman el cuidado de los menores, quienes a menudo no reciben la atención y el acompañamiento que necesitan.

El informe, elaborado con datos del Observatorio de Género y del estudio “Víctimas secundarias de feminicidio” del Observatorio Boliviano de Seguridad Ciudadana y Lucha Contra las Drogas (OBSCD) del Ministerio de Gobierno, señala que en 2024 se registraron 135 huérfanos por feminicidio. Según la Policía, 100 de ellos son menores de edad y 35 adultos.

LEY PARA HUÉRFANOS Frente a esta realidad y al “olvido” del Estado hacia las víctimas secundarias, después de varias gestiones de organizaciones y colectivos, en octubre se promulgó la Ley 1860 de “Protección integral y reparación para hijas e hijos huérfanos víctimas de feminicidio y otros delitos contra la vida”. La norma otorga beneficios a los hijos e hijas menores de 18 años y amplía la cobertura hasta los 25, siempre que cursen estudios superiores.

La ley dispone la creación de un bono económico mensual no inferior al 20% del salario mínimo nacional, además de la entrega de paquetes alimentarios, atención psicológica y asistencia legal gratuita y especializada. También garantiza el acceso prioritario y con cobertura total al Sistema Único de Salud (SUS) y establece medidas para asegurar su permanencia en el sistema educativo.

¿QUÉ CIRCUNSTANCIAS DEFINEN LA PENA POR FEMINICIDIO? De acuerdo con el artículo 252 bis del Código Penal, el feminicidio se castiga con 30 años de privación de libertad sin derecho a indulto, y se aplica en nueve causales:

Cuando el autor sea o haya sido esposo, conviviente, novio, pareja, enamorado o tenga o haya tenido cualquier tipo de relación afectiva, aun sin convivencia.

Cuando la víctima se hubiera negado a establecer con el victimario, una relación de pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad.

Cuando la víctima esté embarazada.

Cuando la víctima sea dependiente o subordinada respecto del autor, es decir empleada, alumna, hija, sobrina o tenga con el victimario una relación de amistad, laboral o de compañerismo.

La víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad.

Cuando con anterioridad al hecho de la muerte, la mujer haya sido víctima de violencia física, psicológica, sexual o económica, cometida por el mismo agresor.

Cuando el hecho haya sido precedido por un delito contra la libertad individual o la libertad sexual por ejemplo violación o secuestro.

Cuando la muerte tenga que ver con el delito de trata o tráfico de personas.

Cuando la muerte sea resultado de ritos, desafíos grupales o prácticas culturales.

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