Evo Morales en 2007 llevó a un juicio a tribunos que cesaron del cargo a interinos
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Abogados constitucionalistas identifican tres decisiones políticas en los últimos 20 años del MAS que han significado un “quiebre en el orden constitucional” en Bolivia y un atentado a la independencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP): El juicio de responsabilidades contra tres magistrados en 2014 por haber frenado la Ley del Notariado, la sentencia 084/2017 que allanó la reelección presidencial, la declaración constitucional 049/2023 que amplió el mandato de forma indefinida para cinco tribunos y la elección judicial parcial en 2024.
Una vez concluido el ciclo de los magistrados prorrogados con dos resoluciones de acción popular de las salas constitucionales de Potosí y Santa Cruz, que disponían el cese inmediato de funciones, algunos abogados constitucionalistas se refieren a algunas decisiones que marcaron un quiebre en el cumplimiento de la Constitución y la manipulación de la “justicia constitucional a la carta”, con un TCP que se apartó de manera “arbitraria e impune” de estándares más altos de protección de los derechos constitucionales.
La abogada constitucionalista María Elena Atard señala que un primer momento de transgresión del orden constitucional fue el juicio de responsabilidades contra los magistrados Gualberto Cusi, Ligia Velásquez y Rosario Chánez cuando comenzaban su mandato de seis años en 2011, su pecado fue dejar en suspenso temporalmente la aplicación de la Ley del Notariado del gobierno de Evo Morales, ni siquiera era una decisión de fondo.
“Ese fue el primer atentado a la independencia del TCP. El mensaje de un juicio de responsabilidades en un modelo de Estado hiperpresidencialista es una disfunción del sistema; para mí ese ha sido un primer atentado a la institucionalidad del TCP”, señaló Atard.
REELECCIÓN Y PRÓRROGA
Otra decisión atentatoria en su criterio, fue la sentencia 084/2017 que estableció la reelección presidencial como un derecho humano, “otro quiebre profundo del orden constitucional que ha generado una cultura de mutación constitucional indebida vía interpretación de la Constitución”.
Un tercer momento de transgresión constitucional, indica que fue la Declaración Constitucional Plurinacional 049/2023 que amplió el mandato de los magistrados del TCP de manera indefinida, más allá de los seis años que establece la Constitución. “Sin cumplir criterios de razonabilidad los magistrados en causa propia han ampliado su mandato, pero además lo hicieron de manera indefinida sin justificar la razonabilidad y proporcionalidad de esta medida”, precisó Atard.
TOMAR EL PODER DEL TCP
La abogada también calificó como una “estrategia de poder de cooptación” del TCP la suspensión parcial de las elecciones judiciales a través de una acción de amparo constitucional y de esta forma dejar el quórum mínimo de Sala Plena en manos de cinco magistrados.
“De manera genérica estos fueron los quiebres aunque hubieron otros como la ‘justicia constitucional a la carta’, especialmente desde el Tribunal de transición desde 2010 y 1011 hasta ahora, cómo el Tribunal se aparta de manera arbitraria, impune de los estándares más altos de protección”, puntualizó.
En criterio del exmagistrado del Tribunal Constitucional Marco Antonio Baldivieso, la emisión de la DCP 049/2023 ha provocado un rompimiento y vulneración de la Constitución para prorrogar en sus mandatos a algunos magistrados.
“Ellos fueron autoridades electas hasta el 2023, desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha en que fueron cesados de la justicia constitucional usurparon funciones, actuaron ilegalmente y por tanto sus actos son ilegales”, remarcó.
Por su parte la exsenadora y exmagistrada del Tribunal Constitucional, Silvia Salame, apuntó a la sentencia constitucional 060/2023 que declaró la inconstitucionalidad del Reglamento de Preselección de Candidatos para la Conformación del TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura y de la Ley Transitoria para Garantizar el Proceso de Preselección de Candidatos para el TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.
También considera que la DCP 049/2023 fue una transgresión de los mandatos de la Constitución Política del Estado.
POR DECRETO
En julio de 2004, el presidente Carlos Mesa designó por decreto a magistrados interinos de la Corte Suprema de Justicia, consejeros de la Judicatura. Estas designaciones fueron anuladas por el Tribunal Constitucional pero el Gobierno no activó enjuiciamientos en su contra como ocurrió con Evo Morales, recuerda el analista Carlos Borth.
JUICIO
En 2007, el gobierno de Evo Morales dejó con una sola magistrada al Tribunal Constitucional luego de haber instaurado un juicio de responsabilidades para los magistrados Elizabeth Íñiguez, Martha Rojas, Artemio Arias y Walter Raña, acusados de prevaricato, por haber emitido una sentencia constitucional que cesaba de funciones a cuatro ministros de la Corte Suprema de Justicia (hoy TSJ) designados por decreto supremo a fines de 2006.


